Óptica Prada

En la ciudad de Montevideo, el 1° de setiembre de 2003 comparecen POR UNA PARTE el Dr. Eduardo Borges, y Dra. Estrella Pérez Azziz, en representación de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), constituyendo domicilio a estos efectos en la calle Charrúa 1820, Tel.: 402.89.70 y POR OTRA PARTE Valeria María Perenic de Prada, C.I.: 564.927-1, en su calidad de Directora, en nombre y representación de OPTICA PRADA S.A., constituyendo domicilio en Carlos Quijano 1262, Tel.: 900.06.75, convienen lo siguiente:

PRIMERO: OPTICA PRADA S.A. se compromete a prestar servicios a los socios de AMU y sus familiares directos (cónyuge e hijos).-

SEGUNDO: Se establece que OPTICA PRADA S.A. otorgará los siguientes beneficios:

Compra contado efectivo:

  • 20% de descuento, en todas las recetas.-

Servicio a domicilio, en situaciones especiales.-

TERCERO: La Asociación se obliga a otorgar una constancia al socio.

CUARTO: La validez del presente contrato será de un año, renovable automáticamente por igual período de tiempo.  Si no mediare comunicación alguna en contrario por parte del suscrito en forma personal u otro medio fehaciente con una antelación de 30 días corridos, antes de la fecha de vencimiento del mismo y de acuerdo con las condiciones establecidas.

Compartir